jueves, 24 de marzo de 2022

El conflicto ganadero en Cañete la Real (II parte)

Entre los fondos documentales del Concejo de la Mesta leemos una de las varias ejecutorias emprendidas contra la villa de Cañete la Real por roturaciones de tierras dedicadas a fines ganaderos, y que se hallaban dentro de su término municipal.

La sentencia comienza anunciado “que en Cañete la Real en 29 días del mes de mayo de 1584, el licenciado Calderón, juez entregador susodicho, compareció con Diego de Paz y Juan de Vargas, alguacil de la comisión de dicho juez, presentando un escrito en el que dijo en nombre del dicho Concejo de la Mesta, que reclaman poniendo demanda al dicho Concejo de vecinos particulares de la dicha villa de Cañete la Real”, por haberse roturado las dehesas de los ganados en las que tenían aprovechamiento los vecinos del concejo y ganaderos de la mesta.

El problema se inició cuando la llamada “dehesa del concejo” había sido aprovechada como zona siembra, alegándose que aquel paraje siempre había sido virgen, y únicamente dedicado a uso de explotación animal.

Los labradores acusados fueron Juan de Maya, quien tenía en la dehesa una suerte labrada, apartada y amojonada de 20 fanegas de sembradura; Alonso Ruiz (hijo de la viuda de Almellones) otras 20 fanegas; así como Juan Martínez (pregonero), Benito García, Francisco Jaén y Andrés Vaca (quienes trabajaron propiedades de idéntica producción). A estos se sumaban más vecinos como Francisco Hernández (con 10 fanegas), Juan de las Cuevas (70 fanegas), el clérigo Pedro González de Segovia, así como Luis Tello, Pedro de Sanjuán, Juan Vázquez Ontiveros y Pedro García Ontiveros.

La lista no era corta, pues el documento sigue mencionando más nombres como el de Benito García, Bartolomé Sánchez Cabañas, Juan de Almellones, Alonso Gutiérrez, Martín de la Milla, Pedro González Gordillo, Alonso Martínez de la Milla, Juan de Orozco, Juan Román, Juan García, Juan Ramírez, Juan Martínez, Francisco Lozano y Antonio Romero del Castillo.

Los cañeteros respondían que esa zona no era aprovechada como zona de ganado y que su uso agrícola en algunos casos se arrastraba ya desde hacía cuarenta años antes, cosa que poco tenía que ver con la argumentación inicial en la que se apoyaba la denuncia de la Mesta.

Entendemos que la ocupación de la dehesa fue un proceso gradual que a lo largo de cuatro décadas fue incrementándose, razón por la que al final se emprenderían acciones. Por otro lado los labradores indicaban que debido a que el ganado no aprovechaba al máximo aquella superficie, había espacio sobrante para pasto, pudiendo compaginarse ambas actividades, puesto que los pastores “gozaban de la espina y rastrojos” que sobraban con creces en la zona, todo ello sin contar la dehesa de los carbones para ganado cerril, además de otras tierras baldías extendidas por los campos cañeteros.

Se comenta que la mayoría del ganado andaba ya de por sí fuera del pueblo, estando escampado por otras partes ajenas al término de Cañete, siendo el caso de Osuna, Teba, Ortegícar y varias zonas en las que ricos labradores tenían sus cortijos.

La suficiente disponibilidad de pastos para el ganado era uno de los argumentos reiterativos al que recurrían los labradores, recordando a su vez la importancia de explotar terrenos para siembra, pues en su día ya se empleó mucha superficie agrícola para socorrer a las compañías de soldados que en tiempos de guerras estuvieron por la zona, sin olvidar las últimas epidemias de peste y cuya duración se prolongó cerca de medio año.

Se recordaba además que en tiempos de conflictos, de estas tierras salió mucho trigo para ayudar al ejército, asegurando además los labradores que la siembra que habían estado trabajando la desempeñaron con licencia de arrendamiento del Duque de Alcalá.

La defensa cañetera incidía en que la “dehesa nunca jamás se había arrendado para hierba de ningún ganado y era acotada para solo el ganado de labor de la dicha villa y porque ningún ganado no podía andar en ella aunque fuese de los mismos vecinos, ni a los hermanos de la Mesta ni a sus ganados tenían paso de vereda, ni cañada ni aprovechamiento alguno”.

Finalmente la sentencia fue firme, y a Juan de Maya se le obligó a que dejase de ocupar el pedazo de tierra que tenía labrado en la dehesa, junto con una multa de 6000 maravedís. Lo mismo le ocurrirá a Francisco Hernández, quien tuvo que abonar 2500 maravedís. Francisco Jaén es advertido de que a la próxima habría de embolsar 50000 maravedís, quedándole una multa de 10.000 maravedís. Juan de Orozco habría de pagar 5000 maravedís, Francisco Lozano 4000 maravedís, Luis Tello 5000 maravedís, e incluso el clérigo Pedro González de Segovia tampoco se libró, indicándole que tenía que aportar 6000 maravedís.

El resto de labradores denunciados conjuntamente fueron Alonso Ruiz, Juan Martínez (pregonero), Benito García, Andrés Vaca, Juan de las Cuevas, Pedro de Sanjuán, Juan Vázquez Ontiveros (regidor), Antonio Romero del Castillo, Bartolomé Sánchez Cabañas (hijo de Francisco Cabañas), Juan de Almellones, Alonso Gutiérrez Castellanos, Alonso Martínez de la Milla, la viuda de Salguera, Juan García, Juan Ramírez y Juan Martínez, todos ellos vecinos de Cañete la Real, a los que se les advirtió igualmente que no volviesen a sembrar, ni pedir licencia al Duque de Alcalá para poder roturar.

Sabemos que el citado Duque era don Fernando Enríquez de Ribera, descendiente de una de las grandes casas de la nobleza andaluza. Recordemos que don Fernando era también Marqués de Tarifa, habiendo casado con doña Ana Téllez-Girón, hija del primer Duque de Osuna, don Pedro Téllez-Girón de la Cueva Velasco y Toledo, quien fue Conde de Ureña, Señor de Olvera y Grande de España.

Se especifica de forma separada la multa que habrá de abonar Antonio Romero del Castillo (15000 maravedís por cada una de las fanegas que tenía), así como Juan de las Cuevas por dos hazas y medias, lo que equivalía a 13500 maravedís, como también el resto de labradores, y que tocaban a 12.000 maravedís por cabeza.

El castigo era duro, queriendo seguramente con ello dejar claras las consecuencias al resto de vecinos que en un futuro pretendieran ocupar o cambiar el uso de la tierra. La sentencia se intentó revocar, pues la ocupación de la dehesa no podía superar un importe de multa superior a los 20000 maravedís según alegó el Concejo cañetero. Por desgracia esta no será la última vez en la que veremos a nuestros antepasados inmersos en este tipo de disputas, siendo varias las sentencias que se irán produciendo en las cuatro décadas siguientes.


David Gómez de Mora

Fuente:

* Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA, 50, Nº10

davidgomezdemora@hotmail.com

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Profesor de enseñanza secundaria, con la formación de licenciado en Geografía por la Universitat de València y título eclesiástico de Ciencias Religiosas por la Universidad San Dámaso. Investigador independiente. Cronista oficial de los municipios conquenses de Caracenilla, La Peraleja, Piqueras del Castillo, Saceda del Río, Verdelpino de Huete y Villarejo de la Peñuela. Publicaciones: 20 libros entre 2007-2023, así como centenares de artículos en revistas de divulgación local y blog personal. Temáticas: geografía física, geografía histórica, geografía social, genealogía, mozarabismo y carlismo. Ganador del I Concurso de Investigación Ciutat de Vinaròs (2006), así como del V Concurso de Investigación Histórica J. M. Borrás Jarque (2013).