Mantener el patrimonio no era una tarea sencilla, pues en ocasiones aquellos labradores tenían que recurrir a la caridad de quienes tenían más ingresos. Así le sucedió a mediados del siglo XVII a Ambrosio Saiz, quien vivía de la limosna que le daba el Conde de la Ventosa y Señor de Villarejo de la Peñuela (la familia de los Coello de Ribera). Parece ser que los hijos de Ambrosio (Ambrosio Saiz -el menor- y Francisco Saiz) vendieron una viña que tenía censo perpetuo del Conde para pagar las deudas que éste llevaba acarreadas en el alfolí.
Ambrosio y Francisco todavía consiguieron sacar 75 reales que fueron destinados para la realización de 50 misas por el alma de su padre (quien falleció en 1669) y su madre (muerta con anterioridad). La importancia por el pago de misas era vital, aunque para ello se hubiese de vender lo que con tanto esfuerzo y ahínco había conservado el linaje durante generaciones. No fueron pocos los que por fuerza hubieron de deshacerse de tierras, e incluso su hacienda, para así satisfacer las últimas voluntades de unos seres queridos, que temían severamente por el martirio del purgatorio.
Ahora bien, ¿tenían los pobres algún tipo de recursos para solventar sus problemas en Villarejo?. Lo cierto es que sí, y esto lo sabemos por una episodio acaecido siete años antes, concretamente en febrero de 1662, pues como venía siendo habitual, cada cierto tiempo se efectuaba desde el Obispado una visita de rigor a las localidades del territorio conquense. Se trataba de una inspección y supervisión en la que se intentaba averiguar que podía estar sucediendo en la Iglesia de cada municipio, donde además de controlar si el cura estaba cumpliendo con sus obligaciones (tales como anotar la celebración de los diferentes sacramentos en los libros de partidas parroquiales), también se cercioraban si la recolección y contabilidad de pagos de misas se estaba llevando de forma correcta, además de la puesta al día de los libros de fábrica y cuya responsabilidad recaía en el mayordomo, junto otros tantos ejercicios, y que no todo el mundo podía desarrollar.
Resulta que durante el momento de las pesquisas de aquella visita, el representante se percató de que entre los volúmenes de anotaciones del archivo parroquial, faltaba el registro de caudales vinculado con el pósito para los pobres. Para más inri, el día que esto sucedió, el responsable que llevaba su control no estaba presente en la villa. Suponemos que poco después, tras una búsqueda entre las estanterías de la sacristía y viendo que el libro no salía por ningún lado, el visitador comenzó a entrevistarse con algunos vecinos, descubriendo que parte del fondo extraído del pósito fue repartido entre algunas personas del pueblo, en perjuicio de los pobres, y que era a quienes realmente debía de destinarse.
Suponemos que no había un control férreo sobre que cantidades entraban y salían de aquellos cereales. Recordemos que la función principal de este edificio era la de realizar préstamos en condiciones módicas a quienes necesitaban el uso de trigo para su subsistencia.
No sabemos cuanta gente podía disponer de sus servicios, aunque poco menos de un siglo después, leeremos en el Catastro de Ensenada como a mediados del siglo XVIII en Villarejo de la Peñuela sólo había seis jornaleros, además de ningún pobre de solemnidad, a lo que si sumamos que entre el vecindario a duras penas se llegaba a alcanzar los alrededor de 300 vecinos, podemos suponer que no sería excesiva la cantidad de gente que podría hacer uso de este servicio, de ahí que varios habitantes, apreciando una evidente falta de vigilancia, supieron aprovecharse de la situación.
Recordemos que por mucho que dijeran algunos de ellos que en el pósito tendrían que haber alrededor de unas 120 fanegas de trigo, si el libro no aparecía, poco se podía averiguar en lo que respecta a cual había sido el paradero de una parte de la cantidad sustraída.
Finalmente el visitador indicará que se recaude todo lo robado, obligando a los deudores que se fuesen descubriendo, para que éstos reconocieran que cantidades habían de incorporar, dando como fecha límite de entrega el mes de agosto de ese año, añadiendo a su vez una cifra adicional, en la que se dará potestad al párroco en funciones de absolver y dictar las penas por su cuenta.
David Gómez de Mora
Bibliografía:
* Archivo Diocesano de Cuenca. Libro III de defunciones (1623-1764), Sig. 113/15, P. 2126
* Catastro de Ensenada. Cuestionario de Villarejo de la Peñuela. http://pares.mcu.es/Catastro/